CONTRATO DE TRABAJO

Contrato no es igual a papel.

Es un acuerdo de voluntades entre la empresa y el trabajador, por el que el trabajador se obliga a trabajar para otro y el empresario que se obliga fundamentalmente a retribuir,

Siempre que existe acuerdo existe contrato otra cosa es que el acuerdo se refleje o no en un documento escrito, que no haya papel no quiere decir que no exista un contrato de trabajo.

Clasificaciones del contrato de trabajo:

- Contrato indefinido. Es aquel que se concierta sin tener límite de tiempo en la prestación de servicio. Es decir, hay fecha de inicio del contrato pero no hay fecha de finalización. Los hay de tres tipos:  indefinido ordinario, indefinido incentivado y fijo discontinúo. Todos pueden celebrarse a jornada completa o parcial.

- Contrato temporal. En este caso, la relación laboral entre el trabajador y el empresario sí tiene duración determinada. Dentro de este se encuentran los siguientes: contrato de obra o servicio determinado, contrato eventual por circunstancias de la producción, contrato de interinidad, contratos temporales incentivados, contrato de relevo.

- Contrato para la formación y el aprendizaje. Este contrato pretende favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes en régimen que combina la actividad laboral retribuida y la actividad formativa.

- Contrato en prácticas. Estos contratos tienen como objetivo la adquisición por parte de los trabajadores de práctica profesional relacionada con su titulación. 



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